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Título : PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LAS BASES PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO DIFERIDO PARA LAS EMPRESAS QUE APLICAN NIIF PARA PYMES EN COLOMBIA
Autor : BASTIDAS TOVAR, YESIKA MARIA
RODRIGUEZ GUTIERREZ, ANA CRISTINA
MOLINA SANCHEZ, LUZ AIDEE
Palabras clave : Diferencias
Diferido
Calculo
Impuesto
Empresas
NIIF
Inventario
Contabilidad
Estados Financieros
Normas
Fecha de publicación : 10-ene-2023
Editorial : Universidad Surcolombiana
Citación : TH EEIIF;0021
Resumen : El presente estudio parte bajo el objetivo de determinar las diferencias entre las bases para el cálculo del impuesto diferido para empresas que pertenecen al grupo 2 en Colombia según la norma contable y la norma tributaria, de este modo, se espera resaltar la mejor forma de ser aplicado en los estados financieros que son regulados por las normas internacionales de información financiera. Para comprender el impuesto diferido se hace necesario una comparación entre las normas fiscales de colombiana y la Normas Internaciones de Contabilidad NIIF para Pymes. El documento está basado en una investigación cualitativa, ya que para generar una mayor comprensión se realizó una recolección de los componentes que originan el impuesto diferido y el método para su cálculo. Con la implementación de las normas internacionales de contabilidad, el reconocimiento del impuesto diferido se basa en el estado de situación financiera de los activos y pasivos, en el valor contable y fiscal, de acuerdo a la conciliación contable y fiscal realizada, podemos decir que las diferencias obtenidas de estas partidas, se transformaban en diferencias temporarias (imponibles o deducibles), que luego generaban un impuesto diferido. Podemos concluir que el impuesto diferido, nace de la conciliación contable y fiscal, ya que debemos tener en cuenta que las normas contables están basadas a la Normas Internaciones de Información Financiera y las normas fiscales van de acuerdo con cada país. Las diferencias temporarias serán reconocidas en los estados financieros. Las empresas del grupo I y grupo II, están obligados a realizar el reconocimiento del impuesto diferido, el calcular y reconocer solamente el impuesto de renta corriente, las empresas pertenecientes a esos grupos estarían incurriendo en errores en la medición de sus activos y pasivos por el desconocimiento de los impactos fiscales derivados de sus transacciones.
URI : http://repositoriousco.co:8080/jspui/handle/123456789/4340
Aparece en los programas: Especialización en Estándares Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento

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