Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositoriousco.co:8080/jspui/handle/123456789/2502
Título : DERECHOS SOBRE LAS TIERRAS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN COLOMBIA A PARTIR DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991
Autor : MOJICA GÓMEZ, GERMAN ARTURO
Fecha de publicación : 2013
Editorial : UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
Citación : TH D;0050
Resumen : El presente trabajo tiene como propósito el estudio de los derechos étnicos y culturales teniendo como referente la Constitución Política de 1991, como nuevo cisma institucional que adopta la fórmula política del Estado Social de Derecho, agregando profundas implicaciones jurídicas, políticas y sociales a la dinámica socio-jurídica colombiana. La Constitución Política de Colombia plantea un escenario jurídico político de carácter democrático, participativo y pluralista; dentro de la acepción “pluralista” el Estado reconoce que en su interior, existe una multiplicidad y diversidad tanto cultural, social como étnica. Empero, debe señalarse que tradicionalmente la política estatal estaba direccionada a la inclusión de las comunidades amerindias, incorporándolas a la economía nacional, así como integrando programas de mejoramiento económico y social de las comunidades indígenas. Pero ciertamente se identifican profundos rasgos excluyentes que predominaron en sectores dirigentes, que abogaban por la liquidación étnica, la expropiación de las tierras indígenas y el aprovechamiento de su fuerza laboral, con el pretexto de hacerlos participes de los beneficios de la “civilización”1 .Consecuente con lo anterior se expidieron normas como el Decreto 1634 de 1960 que creó la división de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno y señaló dentro de sus funciones la de estudiar las sociedades indígenas estables como base para la planeación de cambios culturales, sociales y económicos con miras al progreso de tales comunidades. En el mismo sentido la Ley 135 de 1961 (ley de reforma agraria) aunque fue el primer reconocimiento de las comunidades indígenas, su fin era la incorporación de éstos a la economía capitalista; esta norma igualmente condicionaba la adjudicación de baldíos ocupados por indígenas al previo concepto favorable de la oficina de asuntos indígenas del ministerio de gobierno, que de suyo significaba implícitamente, un desconocimiento de la posesión inmemorial de los grupos indígenas de estas tierras. Claro está que se destaca de la Ley 135 de 1961 el adelantar un ambicioso programa de devolución de tierras a sus originarios moradores junto con el decreto reglamentario 2001 de 1988. En este orden de ideas resulta sumamente importante destacar la transcendencia de la Constitución Política de 1991 en materia de reconocimiento de derechos étnicos y culturales, como quiera que en su artículo séptimo, consagra el principio fundamental a la diversidad étnica y cultural, de tal manera que los amerindios gozan de un estatus constitucional especial. De ahí la importancia del estudio que se realiza frente a la proliferación de megaproyectos hidroeléctricos así como la activación de la locomotora minera que ha caracterizado el Gobierno del Presidente Santos, lo que invita a realizar un juicioso estudio del desarrollo de los derechos territoriales de los pueblos originarios, de la normatividad, de ciertos referentes doctrinarios en la materia, de los referentes internacionales y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, para definir cuál ha sido el reconocimiento de los derechos étnicos y culturales a partir de la Constitución Política de 1991.
URI : http://repositoriousco.co:8080/jspui/handle/123456789/2502
Aparece en los programas: Derecho

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
TH D 0050.pdf390.98 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems del repositorio están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.